
UN CASO DE INJUSTICIA CON POLICIAS QUE LUCHARON CONTRA EL TERRORISMO Y QUE HOY SE LES NIEGA UN BENEFICIO QUE POR LEY LE CORRESPONDE.
El Tribunal Constitucional el 20 de enero 2010(Caso Johnny Manuel Saavedra Mejía) , Expediente Nro. 01957-2009, declara fundada la demanda de pago por los beneficios de la 24700 pero nadie hace caso a la resolución del máximo intérprete de la constitución.
El 18 de mayo 2005 con RD Nro. 5780 , se reconoce al SOT1 PNP Alberto Donato RAMIREZ DELGADO, la acumulación de cinco años de servicios prestados en la UDEX de conformidad a la Ley 24700. pero hasta hoy la Caja de Pensiones Militar Policial no le reconoce este beneficio.
Los distintos comandos policiales que han pasado por Corpac y los ministros del Interior, se niegan reconocer los beneficios de la Ley 24700 a los policías que lucharon contra el terrorismo y prefieren cada ano devolver millones de dinero al Fisco .
En el 2009 devolvieron 211 millones de soles y en el 2010, 283 millones.
Han pasado más de diez anos y hasta hoy, un aproximado de 100 oficiales en retiro, , 203 suboficiales y 248 en actividad, esperan estos beneficios y no pierdan las esperanzas de lograrlo.
En el primer gobierno de AGP , el 22 de junio de 1987, se dio la Ley 24700 que tuvo vigencia hasta el 5 de mayo de 1992, que reconoce como beneficio el doble tiempo de servicio y el pago de una remuneración a los policías que pertenecieron a la Unidad de Desactivación de Explosivos ( UDEX) y la DINCOTE.
En octubre del 2009 se separaron 14 millones de soles provisionales para el pago , se tenían las planillas de bonificación por reconocimiento de doble tiempo de servicios y proyecto de RD que en su primer artículo previa afectar el pago en el Presupuesto AF-2009 a la cadena de gasto 2.2,11.3 ( régimen de pensiones DL 19846 de la Unidad Ejecutora 002 de la DIRECFIN PNP de 45 oficiales , 203 suboficiales y 248 en actividad,, pero los denunciados con su accionar y complicidad dolosa, se extralimitaron en su poder discrecional del cargo e impidieron que los beneficiarios pudieran recibir el justo pago contando para ello con resoluciones directores firmes.
El. TC emitió sentencia favorable a esta reclamación señalando un plazo de diez días para que se pague la deuda existente ante la renuencia de la entidad demandada al cumplimiento del acto administrativo contenido en la Resolución Directoral Nro. 11076-DIRREHUM PNP que dispone el pago de dinero a favor del demandante.
Los beneficiados de la Ley Nro. 24700 se encontraban empadronados e incluidos en una planilla que la dirección de economía se negó a ejecutar porque la Directora General de la Oficina de Asesoría Jurídica , Juscamaita Aranguena, estando inactiva desde el1 de octubre 2009 hasta marzo 2010, opino en el Informe Nro. 3300-2009 elaborado por orden del viceministro Torres Benavides de que la Ley 24700 habia sido derogada y por lo tanto, era inaplicable...
Tomando como base este informe , el General Estremadoyro, Director de Economía , el 20 de noviembre del 2010 , con Nota Informativa Nro. 42-2009 le dice al General de Policía, Elmer Miguel HIDALGO MEDINA< director general PNP que era imposible el pago de bonificación adicional por el doble tiempo de servicio y que por lo tanto, los 14 millones provisionales debían ser rediccionados para el pago de la deuda social ( 2 millones ), para altas de personal de profesionales de la salud( 2 millones ) y si considera el comando, se podría disponer de 10 millones para reforzar la seguridad ciudadana .,
El director de personal con dictamen 1198 devuelve el expediente porque no comparte la opinión de la abogada Juzcamayta
Los representantes de los beneficiarios denuncian al general Estremadoyro , al abogado Luis Ortiz Vilca y a la asesora legal, Juzcamayta y el 22de febrero 2010 , amplían la denuncia contra el general PNP Tomas Chumacero Rodríguez, director de economía y finanzas de la PNP y su asesor legal, el Mayor CJ , Andrés Montero Rossini , porque el 18 de enero 2010, le piden al director general PNP pronunciamiento definitivo respecto a la aplicación o no de la Ley 24700 y de la resoluciones directorales de la dirección e recursos humanos que otorga dicho beneficio .
Como es lógico, el pronunciamiento definitivo se iba a basar en el informe de la abogado inactiva JUSCAMAYITA ARANGUENA que de plano era la que había dicho que la Ley 24700 había sido derogada y era inaplicable..
El fiscal provincial de la 56 FPL . Richard Saavedra Lujan, el 15 de noviembre 2010 decide no ha lugar la denuncia. contra el general Germán Chávez Estremadoyro , Luis Ortiz Vilca y María Elena Juzcamayta Aranguena por la presunta comisión del delito de abuso de autoridad , omisión y demora ilegal , malversación de fondos , retardo injustificado de pago , ejercicio ilegal de la profesión , fraude procesal y delito contra la fe pública ( falsedad genérica)
El 6 de diciembre 2010 presentan recurso de queja y el Fiscal Superior, Gustavo Efrain Quiroz Vallejos anula la decisión del fiscal SAAVEDRA que decidió no ha lugar formalizar denuncia penal
La Segunda Fiscalía Provincial Penal Corporativa Especializada en delitos de corrupción de funcionarios , en donde despacha la dra. Elizabeth Alemán Chávez, el 15 de marzo 2011,adecua la investigación preliminar a las disposiciones del Código Procesal Penal , Decreto Legislativo 957 y el 4 de mayo 2011 decide aperturar investigación preparatoria . Sustenta su decisión en que la quinta disposición complementaria de la Ley 24700, no obstante encontrarse a la fecha derogada , durante su vigencia causo efectos jurídicos y fueron estimadas las solicitudes de pago mediante resoluciones directorales y dispone que la dirección de economía informe si se llego a presupuestar la bonificación por doble tiempo de servicio a favor del personal PNP.
Con este dictamen, los beneficiarios de la Ley 24700, han vuelto a ver una luz en el túnel.
Pensar que esta vieja arruga pudo haber sido salvada, ya se contaba con el dinero, se había empezado el procedimiento para el pago , pero todo quedó congelado cuando la asesora legal del viceministro de gestión institucional , Torres, la Dra. Juzcamayta el 6 de enero 2010 dio su opinión legal en el sentido de que Ley Nro. 24700 había sido derogada y era inaplicable.
Dicen que hoy , la abogada Juzcamayta, a quien pocos la quieren en la policía y el ministerio del Interior, asesora al director general de la PNP .
El incumplimiento de la Ley 24700 es una de las papas calientes que el gobierno entrante tendrá en sus manos en medio de un creciente malestar policial y militar.
La mayor esperanza estaba entre las viudas de los policías fallecidos en acción de armas dentro a la llamada guerra antiterrorista y los numerosos discapacitados que quedaron en ese periodo.
¿Qué puede decir de esto el director general de la PNP y el ministro del Interior , Miguel Hidalgo?
Cuando el actual ministro del Interior , Miguel Hidalgo, era un simple policía, se interesaba por la aplicación de los beneficios de la Ley 24700 porque en esa época había sido de la Unidad de Desactivación de Explosivos, pero hoy, como no le interesa estos beneficios, porque con su cargo, los beneficios sobran, ha dejado de interesarle este asunto y mira a los policías que lucharon con el contra el terrorismo como impertinentes y molestos.
Tal vez se olvida que la vida es una montana rusa, hoy día estamos en lo alto pero mañana , estaremos en el llano. .