Los vocales Falconi y Piedra,
integrantes de la Cuarta Sala Penal , mediante resolución
judicial del 7 de mayo 2013, revocaron la
sentencia contra Benedicto
Jiménez , director de la revista Juez Justo, y se pronunciaron por la absolución de los cargos que le había imputado la Procuradora
Pública de Lavados de Activos, Príncipe Trujillo, como autor del delito de difamación agravada por medio de
prensa.
De esta manera , los vocales
subsanaron las omisiones y la falta de motivación que se evidenciaba en la sentencia emitida por la jueza María Elena
Morocho, quien había sentenciado a un
año de prisión condicional y al pago de una reparación civil de 50 mil soles,
al comunicador , presionada por un medio de comunicación
social y por la parte querellante,
hermana de un vocal supremo .
Este proceso, a nivel de instrucción, estuvo plagado de irregularidades y se
evidenció la parcialización de la jueza y de la secretaria a favor de la otra
parte, que motivó la recusación de ambas( jueza y secretaria Bellido ).
Foto .- La jueza María Elena Morocho flanqueada por dos juezas .
La querella fue interpuesta por
la Procuradora Pública de Lavado de Activos, Julia Amelia Príncipe Trujillo,
contra el director de la revista Juez Justo porque según ella, se había
lesionado su honor y reputación en las publicaciones de la revista en sus ediciones
7, 11 y 12 .
En la edición 7 de octubre 2010 ,
con el título de “silencio cómplice” se acusaba a la Procuradora de que se
había hecho de vista gorda en algunos procesos y en otros actuaba con una
diligencia digna de mejor causa , era bastante selectiva y nos preguntábamos
qué motivos tendría para actuar así ; en la edición 11 , de febrero 2011, la
revista publicó un artículo denominado “Ampay Rosana Cueva” en donde se daba
respuesta o se aclaraba el motivo por el cual la Unidad Unidos contra el Lavado
de Activos(UCONA) la había denunciado, respondiendo a una entrevista que le dio
a Panorama en donde hizo ver que las denuncias en su contra obedecía a que
había iniciado una denuncia contra el doctor Orellana y por tal motivo, la
revista Juez Justo la “acosaba” o investigaba, lo cual es completamente falso .
Ella como funcionaria pública está expuesta a críticas o cuestionamientos de su
labor y su protección se relativiza porque la opinión pública tiene interés en
saber cómo cumplen sus funciones el funcionario público.
La edición 12 (¿ Príncipe o
Vasallo?) , con el subtítulo de “Los cuentos de Príncipe”, hace conocer a la
opinión pública su cuestionable actuación en el caso del secuestro del
prestigioso psicoanalista Mariano Querol cuando se desempeñaba como procuradora
Anticorrupción en el 2004.
Los vocales que decidieron por la
revocatoria de la sentencia y la absolución de Benedicto Jiménez fueron muy
enfáticos en que no es posible determinar la responsabilidad penal del querellado respecto de las afirmaciones
vertidas en las publicaciones materia de análisis, más aún, cuando la
querellante es una funcionaria pública , inciden directamente en el ejercicio
de sus funciones, las mismas que están vinculadas al quehacer del Estado , y
son de interés de la opinión pública , quien tiene el derecho a ser informado ,
las expresiones vertidas inciden en la
esfera pública y no implican insultos ni insinuaciones insidiosas o vejatorias
, son opiniones o juicios de opinión que no están sujetos a un test de veracidad y en los supuestos de reportaje neutral , el
requisito de veracidad se satisface con la sola constatación de la verdad del
hecho de la declaración del tercero .
El voto discrepante fue del vocal
Oscar León Sagastegui quién a través de una argumentación enrevesada e
incomprensible , centró su argumentación en la palabra “ se hizo de la vista
gorda” para desprender en su análisis que esta frase constituye una expresión
vejatoria en agravio del honor de la Procuradora La sentencia absolutoria por
mayoría constituye un desagravio al director de la revista Juez Justo y es una
luz de esperanza para todos aquellos que consideran que aún es posible alcanzar la justicia en la
administración de justicia, a pesar de la presión mediática o de los intereses
de una Procuradora Pública que se siente protegida por su hermano , el vocal
supremo , Hugo Príncipe Trujillo, quien desde las alturas sigue atento al
desarrollo del proceso penal .
Esta vez, pudo más la verdad y la
justicia que la presión, el abuso del poder y la prepotencia .
Como era de esperarse, la
sentencia absolutoria por mayoría, fue como un baldazo de agua fría para la
Procuradora Pública de Lavado de Activos, Julia Amelia Príncipe Trujillo ,
quien ya cantaba victoria y el primer efecto
de este fallo adverso, fue el despido
del abogado defensor de la Procuradora, el doctor Eduardo Remi Pachas Palacios
.
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